Ayudas a los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias de Aragón debidos a las lluvias torrenciales de 2025 - Convocatoria 2025
N° 11075
A través de este trámite se podrán solicitar ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de junio de 2025
Dirigido a
- Titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas con daños en sus producciones e infraestructuras debidos a las lluvias torrenciales.
- Respecto a la definición de explotación agraria, se considerarán como tales las declaradas en los registro oficiales agrícolas ( registros oficiales agrícolas REX-REA) y ganaderos ( sistema SITRAN-REGA),así como otros bienes inmuebles o terrenos no dedicados al cultivo pero que forman parte de la explotación, siempre que se justifique por el solicitante
Requisitos
- Ser titular de explotación agraria que cumpla con los requisitos especificados en la orden de convocatoria.
- Ser titular de explotación agraria que cumpla con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 28 de noviembre, General de Subvenciones.
- No podrán obtener la condición de personas beneficiarias, aquellas que incurran en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la ley 38/2003.
- Disponer de póliza de seguro en vigor amparada por el Plan de Seguros Agrarios Combinados vigente para las producciones afectadas. Excluyéndose las pólizas de retirada y destrucción de cadáveres.
- 1. Cuando el titular sea una persona física: Ser mayor de edad
- 2. Cuando el titular sea persona jurídica o ente sin personalidad jurídica: a) La condición de la titularidad: titularidad compartida, sociedad agraria de transformación, cooperativa, sociedad laboral, sociedad mercantil o sociedad civil, cuyos socios y cuota de participación estén claramente identificados. b) La actividad agraria como objeto social principal. c) La condición de personas físicas de la totalidad de los socios, de los que al menos su mitad (el 50 %) cumplirán las condiciones exigibles en el apartado anterior al agricultor como persona física y quienes, asimismo, deberán ostentar más de un cincuenta por ciento (50 %) de la titularidad en la estructura del capital o de participación del ente, excepto en el caso de titularidades compartidas en las que el capital social está distribuido al 50%. Y cumplan con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 28 de noviembre, General de Subvenciones.
- 3. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que tengan la consideración de gran empresa conforme a lo previsto en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014.
- 4. Para percibir las compensaciones contempladas en el artículo 4 será necesario que la persona beneficiaria disponga de póliza de seguro en vigor amparada por el Plan de Seguros Agrarios Combinados vigente para las producciones afectadas, quedando excluidas las pólizas de retirada y destrucción de cadáveres.
- 5. Para recibir las subvenciones contempladas en el artículo 5 será necesario que la infraestructura o instalación esté asegurada, siempre que ésta sea asegurable. Para proceder a la reposición de las infraestructuras, tanto asegurables como no asegurables, deberá contar con los permisos administrativos pertinentes
- 6. No podrán obtener la condición de personas beneficiarias aquellas que incurran en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, o se encuentre sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En el caso de daños en producción agrícolas y ganaderas
Hoja de campo y acta de peritación de Agroseguro
En el supuesto de daños asegurables en explotaciones agrícolas y ganaderas
Documentación del siniestro asegurado y abono de la indemnización
En el supuesto de daños no asegurables en explotaciones agrícolas y ganaderas
Planos SIGPAC
Informe de peritación/memoria valorada
Fotografías georreferenciadas
La justificación de los daños no asegurables en explotaciones agrícolas y ganaderas se realizará incorporando al expediente SGA de la campaña 2025 las fotografías digitales georreferenciadas dónde se puedan apreciar dichos daños. Para ello se utilizará la herramienta Sga@pp del paquete de gestión de ayudas y declaración PAC "SGA". Dichas fotografías deberán indicar " Fotografía para trámite administrativo diferente de anteriores" y en observaciones se identificará con el nombre de " Lluvia torrenciales 2025. Además , deberán de incluir dentro de ella una referencia visual que permita la valoración del daño.
En el caso de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica
autorización para la consulta de datos
Autorización de los socios o cotitulares a la consulta de sus datos fiscales, de seguridad social y de identidad por parte de la administración. Si no se autoriza, se deberá aportar informe de vida laboral actualizado, última declaración de la renta y DNI.
Descargar modelo autorización para la consulta de datos
En el caso de las personas jurídicas y aquellas físicas que deseen realizar la solicitud mediante una tercera persona
Documento de representación
Documento en el que se otorga la representación
Descargar modelo Documento de representación
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesEstar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Consulta de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Información adicional
Se tramita en el Servicio de Modernización de Explotaciones (Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación).
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. lluvias25_sme@aragon.es
- Página web. Oficinas comarcales Agroambientales y Servicios Provinciales
- Presencial. Horario de oficina: de 9:00 a 14:00 horas.
- Teléfono. Servicio Provincial de Zaragoza: 976 715 115
- Teléfono. Servicio Provincial de Huesca: 974 293 100
- Teléfono. Servicio Provincial de Teruel: 978 641 102
- Otros canales. Soporte técnico para consultas o incidencias https://aplicaciones.aragon.es/sitck/pages/login.xhtml
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
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Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO RURAL
Normativa
Orden AGA/685/2025, de 23 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas sobre los daños en producciones e infraestructuras de las explotaciones agrarias producidos en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de junio 2025.
Decreto-ley 3/2025, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en el territorio de Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de los días 13 y 14 de junio de 2025.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 25/06/2025 al 31/07/2025
En plazo
Iniciar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
2 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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