Ayudas financieras al alquiler para menores de 35 años.
Fuera de plazo - Del 08/09/2021 al 08/10/2021
El plazo de presentación terminó el 08 octubre 2021
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
Fuera de plazo - Del 08/09/2021 al 08/10/2021
El plazo de presentación terminó el 08 octubre 2021
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a ayudas de alquiler, para jóvenes de la Comunidad Autónoma de Aragón. Siempre que cumplan una serie de requisitos detallados en la orden de la convocatoria.
Estas ayudas están dirigidas a personas físicas menores de 35 años.
Dirigido a
- Persona física menor de 35 años, que en el momento de presentar la solicitud sea titular de un contrato de arrendamiento y lo haya sido durante el periodo subvencionable y que, además, cumpla los requisitos de la orden de convocatoria en cuanto a ingresos y otros.
Requisitos
- Del solicitante:
- Ser mayor de edad.
- Ser español o tener residencia legal en España, tener menos de 35 años en el momento de solicitar la ayuda.
- Tener menos de 35 años en el momento de solicitar la ayuda.
- Ser titular de un contrato de arrendamiento en el territorio de la Comunidad Autónoma.
- La vivienda arrendada será la residencia habitual y permanente durante todo el periodo para el que se concede la ayuda.
- La renta mensual por el arrendamiento será igual o inferior a 600 euros mensuales, puede variar según la localidad.
- Estar al corriente del pago mensual de la renta del alquiler.
- Respecto de todos los integrantes de la unidad de convivencia:
- Ingresos máximo durante el año 2020 ,en su conjunto, sean iguales o inferiores a 23.725,80 €.
- Ingresos máximos durante el año 2020 , en su conjunto, para las familias numerosas de categoría general o con personas con discapacidad, serán iguales o inferiores a 31.634,40 €.
- Ingresos máximos durante el año 2020, en su conjunto, para las familias numerosas de categoría especial o con personas con discapacidades mentales iguales o superiores al 33% o discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, serán iguales o inferiores a 39.543 €.
- Los ingresos mínimos durante el año 2020 , en su conjunto, no pueden ser interiores a 9.490,32 €
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias el art 13.2 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre.
- No podrá concederse la ayuda cuando el solicitante o alguna de las personas de la unidad de convivencia:
- Sea propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España.
- Tenga parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador.
- Sea socia o partícipe de la persona física o jurídica que actué como arrendador.
- No podrá concederse la ayuda cuando se trate de viviendas:
- Integrantes de las bolsas de alquiler social del Gobierno de Aragón, de las entidades locales aragonesas o de las Sociedades y Entidades Municipales o Autonómicas.
- Titularidad del Gobierno de Aragón, de las entidades locales aragonesas o de las Sociedades y Entidades Municipales o Autonómicas.
- No podrá concederse ayuda para alquileres de vivienda con opción a compra, ni para alquileres de habitación
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Inicio: 08/09/2021 a las 00:00 h
Fin: 08/10/2021 a las 23:59 h
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 8 de septiembre de 2021 a las 08:00 horas y finalizará el día 8 de octubre de 2021 a las 14:00 horas.
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
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1. Formulario de solicitud.
La solicitud se presentara en el modelo de formulario que se descarga en la siguiente dirección electrónica https://aplicaciones.aragon.es/safi.
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2. Certificado o volante colectivo de empadronamiento.
Certificado o volante colectivo de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento del municipio donde radique la vivienda, en el caso de los municipios de Huesca, Teruel y Zaragoza, estos datos serán obtenidos directamente por el órgano instructor.
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3. Copia completa del contrato de arrendamiento.
Copia completa del contrato de arrendamiento formalizado según la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
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4. Justificante del pago de la renta mensual del alquiler.
Cualquier documento bancario que acredite el pago de la renta.
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5. IBAN de la cuenta bancaria de la que sea titular el solicitante.
Cuenta en la que quiere recibir el ingreso.
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8. Anexo III: Autorización a la Administración para la consulta de datos.
De cada una de las personas integrantes de la unidad de convivencia mayores de 14 años.
Si el solicitante o algún miembro de la unidad de convivencia no otorga la autorización para la consulta deberá de presentar la documentación solicitada en la convocatoria.
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9. Anexo II: Declaración de ingresos de 2020 de todos los mayores de 16 años.
Solo será necesario de aquellos miembros de la unidad de convivencia que no presentaron declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2020, por no tener obligación.
Los trabajadores por cuenta ajena la acompañaran de los certificados de los centros de trabajo y los trabajadores por cuenta propia de los justificantes de los ingresos trimestrales de a cuenta del IRPF.
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10. Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
Datos de identidad y, en su caso, de residencia legal, de la Dirección General de Policía.
Consulta de datos catastrales
Información de la titularidad patrimonial, de la dirección General del Catastro
Prestaciones Públicas del RPSP e Incapacidad Temporal, Maternidad y Paternidad
Certificado de pensiones, subsidios, ayudas y prestaciones del ejercicio 2020.
Importes de Prestación de Desempleo Percibidos en un Periodo
Consulta de nivel de renta intermediado
Consulta de título de familia numerosa
Consulta de Discapacidad nuevo
Datos sobre dependencia, grado y tipo de discapacidad, del Instituto Aragonés de Servicios sociales u otros.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Varias Entidades Colaboradoras colaboraran con el Gobierno de Aragón en la gestión del procedimiento de esta ayuda, las personas interesadas podrán acudir a estas entidades para:
- Recibir información, asesoramiento y ayuda para presentar la solicitud junto la documentación requerida en la convocatoria.
- Recibir información, asesoramiento y ayuda para presentar la justificación de la ayuda.
La solicitud podrá presentarse en papel o por vía telemática:
1- En la presentación en papel, el modelo de solicitud será el formulario que se descargara desde https://aplicaciones.aragon.es/safi , cumplimentada e impresa, junto con la documentación necesaria se dirigirá a la Subdirección Provincial de Vivienda de Huesca, Teruel o Zaragoza, dependiendo de donde se encuentra la vivienda.
2- La presentación telemática se realizara desde https://aplicaciones.aragon.es/saf", constara de tres fases:
- Cumplimentar el formulario de la solicitud y adjuntar la documentación necesaria en formato pdf.
- Firmar la solicitud electrónicamente.
- Envió y registro electrónico de la solicitud, se obtendrá un justificante del registro.
- Cuando el contrato tenga por objeto el arrendamiento conjunto de vivienda y garaje, trastero y de otro elemento se desglosara el importe de la renta ,en caso contrario, se entenderá que el importe de la renta es el 85%.
- Si el beneficiario de esta ayuda hubiera cambia su domicilio a otro en la Comunidad Autónoma de Aragón, no perderá el derecho a la subvención si se hubiera formaliza sin interrupción .
- No se incluye en esta convocatoria ayuda para el alquiler de viviendas con opción de compra., ni para alquiler de habitación.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. KAIROS SOCIEDAD COOPERATIVA DE INICIATIVA SOCIAL 976 005 523
Correo electrónico. KAIROS SOCIEDAD COOPERATIVA DE INICIATIVA SOCIAL alquileres@Kairos.coop
Teléfono. FUNDACION FEDERICO OZANAM 976 447 191
Correo electrónico. FUNDACION FEDERICO OZANAM ayudasalquileres@ozanam.com
Teléfono. ASOCIACION DE PROMOCION GITANA DE ZARAGOZA 976 270 245
Correo electrónico. ASOCIACION DE PROMOCION GITANA DE ZARAGOZA apgayudasalquiler2021@gmail.com
Teléfono. ASOCIACION MADRES SOLAS (AMASOL) 976 439 714
Correo electrónico. ASOCIACION MADRES SOLAS (AMASOL) vivienda@amasol.es
Teléfono. FUNDACION EL TRANVIA 976 498 904
Correo electrónico. FUNDACION EL TRANVIA ayudavivienda@ftranvia.org
Teléfono. FUNDACION RAMON REY ARDID 667 345 219
Correo electrónico. FUNDACION RAMON REY ARDID empleo@reyardid.org
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
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Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el plan estatal de vivienda 2018-2021
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Decreto 223/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el plan Aragonés de vivienda 2018-2021
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
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Orden VMV/1079/2021, de 1 de septiembre, por la que se convocan ayudas financieras al alquiler de vivienda para menores de 35 años para el año 2021.
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Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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