Consejero/a de seguridad para transporte de mercancías peligrosas por carretera - Exámenes
N° 198
A través de este trámite, las personas interesadas podrán presentar su solicitud para participar en los exámenes para la obtención y renovación del certificado de consejero/a de seguridad.
Este certificado es obligatorio para las empresas que realicen la expedición o el transporte de mercancías peligrosas por carretera, así como para las que efectúen operaciones de carga o descarga, a fin de contribuir a la prevención de los riesgos inherentes al transporte de dichas mercancías.
Se puede optar entre examinarse globalmente de todas las especialidades o de forma individualizada para alguna o algunas de las especialidades.
Dirigido a
- Las personas físicas que deseen ejercer las funciones de consejero/a de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas
Requisitos
- Superación del examen.
- Si te presentas a la renovación del certificado, tienes que estar en posesión de un certificado de consejero/a de seguridad que se encuentre en su último año de vigencia. Este requisito deberá cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Pago de tasas
Es necesario pagar la tasa 05, tarifa 03, se deberá abonar una tasa por cada modalidad de examen en el que se solicita participar.
La autoliquidación descargada deberás cumplimentarla y llevarla para pagar, bien a la Caja de la Tesorería de la Comunidad Autónoma, bien a una entidad bancaria colaboradora con el Gobierno de Aragón.
Se recomienda realizar el pago de forma previa a la solicitud para poder adjuntar copia del resguardo de pago.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaDocumentación
Presentar en todos los casos:
Resguardo acreditativo del pago de la tasa 05 tarifa 03
Modelo de representación
Descargar modelo Modelo de representación
Información adicional
Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. dgtransportes@aragon.es
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa
Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español
Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 02/09/2024 al 27/09/2024
Fuera de plazo
Consultar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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