Programas

Trámite 1196

En plazo permanente

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las asociaciones o entidades debidamente acreditadas para el desarrollo de programas de acogida de menores extranjeros podrán presentar su solicitud para obtener la autorización anual para llevar a cabo sus programas de acogida. Estas asociaciones y entidades son las encargadas de seleccionar a los menores y a las familias acogedoras participantes.

El acogimiento temporal por vacaciones tiene como fin proporcionar a los y las menores unos días de descanso que se complementen con una atención adecuada a la situación de su salud y sus condiciones de vida.


Dirigido a

  • Asociaciones o Entidades sin ánimo de lucro acreditadas previamente para este tipo de Programas

Requisitos

  • De la asociación:
    • Deberá estar debidamente acreditada como Asociación o entidad promotora de programas de acogimientos de menores extranjeros.
    • Ha de disponer de los listados de menores y familias participantes.
    • Ha de presentar su programa con una antelación mínima de un mes respecto de la fecha prevista de inicio del programa.
    • Deberá cumplir las funciones establecidas en la normativa vigente: selección de familias, asiagnación de menores, realización de trámites en país de origen, informar a las autoridades, etc.
  • De los menores:
    • No tendrán la condición de adoptables.
    • Deben tener 8 años cumplidos en el momento de iniciarse el acogimiento.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Presencial - Pasos a seguir
  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.

    Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana

  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

Documentos necesarios

Detalles de documentos para realizar de este trámite.

Presentar en todos los casos

  • 1. Acreditación de la representación legal de la persona que firma la solicitud

  • 2. Fotocopia del NIF/CIF de la Asociación

  • 3. Listado de menores según Anexo I

  • 4. Listado de Familias según Anexo II

  • 5. Listado de Menores y familias según Anexo III

  • 6. Fotocopia de los pasaportes de los menores

  • 7. Documento de Compromiso

    Original y tres fotocopias firmado por las familias participantes, anexo a la correspondiente Solicitud.

  • 8. Memoria financiera

    En la que se especifiquen las aportaciones económicas de los solicitantes, de la asociación y otras fuentes de financiación del programa.

  • 9. Breve resumen explicativo del programa

    Tiempos de estancia, procedencia de los menores, monitores acompañantes, criterios de distribución en las familias, etc.


¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

La conformidad al Programa tendrá validez sólo para las fechas de desplazamiento especificadas en el mismo.

Las Asociaciones continuarán los trámites en el país de origen del menor, por lo que contactarán con la correspondiente Embajada.

La socicitud de Informe Gubernativo Previo ante la Subdelegación del Gobierno para estancia de menores debe presentarse según la provincia de residencia de las familias acogedoras, por lo que se presentarán los listados agrupados por provincias.

La Asociación está obligada a informar al Instituto Aragonés de Servicios Sociales de cualquier incidencia que se pueda producir con las familias o los menores.

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

Finalización de la tramitación

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Apartado anterior:

Apartado siguiente:

Normativa

Normativa aplicable a este trámite.

Normativa específica

Normativa general

  • Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil, y la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, Sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social modificada por la Ley Orgánica 2/2009

  • Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Aragón

  • Decreto 190/2008, de 7 de octubre, Reglamento de medidas de protección de menores

  • Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, Medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de Respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Apartado anterior:

Ayuda a la tramitación electrónica

Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.

Más información

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