Emisión de contaminantes a la atmósfera

Trámite 2006

En plazo permanente

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Detalles del trámite

A través de este trámite, las personas obligadas podrán, de manera telemática, realizar la autoliquidación del impuesto medioambiental sobre la emisión de contaminantes a la atmósfera en Aragón.


Dirigido a

  • Obligados tributarios y/o sus representantes.

Requisitos

  • Las empresas que deban presentar impuestos medioambientales en la Comunidad Autónoma de Aragón deberán realizarlo a través del Servicio de presentación telemática de tributos; para ello tienen que estar registrados con los permisos correspondientes. Los impuestos medioambientales solo se pueden presentar en nombre propio, no hay opción de presentación en nombre de terceros (consulta el apartado documentos y enlaces de interés)..
  • Son sujetos pasivos del impuesto, en calidad de contribuyentes:
    • Quienes realicen las actividades que causan el daño medioambiental o exploten las instalaciones causantes de las siguientes emisiones contaminantes a la atmósfera , y siempre que los focos contaminantes estén ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
      • Óxidos de azufre (SOx)
      • Óxidos de nitrógeno (NOx)
      • Dióxido de carbono (CO2)
  • Será responsable solidario del pago del impuesto el propietario de la instalación causante de la emisión contaminante cuando no coincida con la persona que explota la misma.

Plazos

Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.

Presentación

Plazo permanente

Puedes realizar este trámite de manera:

Electrónica - Pasos a seguir

¿Necesitas ayuda?

Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.

Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.


Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS

Apartado siguiente:

Información adicional

Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.

Información sobre la solicitud

  • El impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año y el periodo impositivo coincidirá, salvo excepciones, con el año natural.
  • Los plazos para realizar los pagos fraccionados del impuesto serán entre los días 1 y 20 de los meses siguientes:
    • 1º Pago fraccionado: junio
    • 2º Pago fraccionado: septiembre
    • 3º Pago fraccionado: diciembre
    • Autoliquidación anual: abril
  • El importe de cada pago fraccionado será del 30% de la cuota devengada que corresponda ingresar por el impuesto considerando las emisiones del ejercicio inmediatamente anterior.
  • El importe de los pagos fraccionados no podrá superar el 90 por 100 de la cuota devengada el año anterior.

Recursos y enlaces de interés

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Apartado siguiente:

Fases de la tramitación

Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.

Antes de la tramitación

Durante de la tramitación

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Apartado siguiente:

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

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Ayuda a la tramitación electrónica

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