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Indemnización de daños agrarios, forestales o ganaderos producidos por especies cinegéticas en reservas, cotos sociales o vedados de caza - Reclamación de indemnización

N° 2109

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Requisitos

  • Que el daño producido sea causado por una especie cinegética, siempre que dicho daño se produzca en una reserva, coto social o vedado de caza.
  • Cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 69, 1. d) de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Informe pericial realizado por técnico competente

    Informe pericial realizado por técnico competente que contenga: la indicación del lugar donde se ha producido el daño, especificando municipio, polígono, parcela y recinto SIGPAC; los daños agrícolas, ganaderos o forestales concretos sufridos; la evaluación económica de los daños; la fecha en la que se produjeron; la titularidad de las parcelas; los medios preventivos puestos en práctica por el agricultor para evitar los daños agrícolas.

    Para los daños agrarios el informe pericial deberá haber sido realizado según la metodología expuesta en la Orden PRE/632/2003, de 14 de marzo, por la que se aprueba la norma general de peritación de los daños ocasionados sobre las producciones agrícolas, amparados por el seguro agrario combinado.

  • Documentación acreditativa de la titularidad o derecho de uso de las parcelas

    Acreditación de la titularidad o derecho de uso de las parcelas en los que se ha producido el daño

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En el caso de daños en cultivos que estén asegurados

  • Peritación del seguro

    Copia de la peritación realizada por el seguro y declaración de la cantidad a la que asciende el pago que se va a cobrar o documento de pago del daño

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

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  • Verificación de Datos de Identidad

Formulario del trámite:

Si lo deseas, consulta el formulario descargable del trámite.

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Información adicional

Se podrá llegar a indemnizar en los siguientes casos:

- Cuando los daños producidos por una especie cinegética se produzcan sobre en una reserva de caza, coto social de caza o vedado de caza o cuando la especie cinegética provenga de estos tres tipos de terrenos.

- Cuando la Administración ha denegado autorizaciones de caza necesarias para prevenir y evitar daños.

- Cuando la Administración no ha llevado a cabo o autorizado medidas de control poblacional en los vedados.

Se tramita en los Servicios Provinciales del Departamento de Medio Ambiente y Turismo.

Coordina el Servicio de Caza y Pesca de la Dirección General de Medio Natural, Caza y Pesca.

Presentación de la solicitud

Telemática

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Presencial

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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

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