Instalaciones de producción de energía eléctrica (principal tecnología no eólica). Autorizaciones /comunicaciones
En plazo permanente
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Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
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A través del registro electrónico general.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
En plazo permanente
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A través del registro electrónico general.
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, se podrá solicitar la autorización necesaria para el funcionamiento de instalaciones de producción de energía cuya principal tecnología no sea eólica. Las instalaciones deben tener una potencia superior a 100 kW e igual o inferior a 50 MW y su aprovechamiento afecta solo a la Comunidad Autónoma de Aragón.
Igualmente es posible realizar otras acciones como la modificación, la explotación la transmisión y el cierre de instalaciones.
Para poder realizar el trámite, el solicitante debe:
Descarga y rellena el formulario principal. No olvides repasar el resto de documetos necesarios.
A través del registro electrónico general.
Otras acciones
Dirigido a
- El titular de la instalación o su representante, con la adecuada acreditación de la representación del interesado, según se establece en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Para la transmisión de instalaciones, el interesado que pretende adquirir la titularidad de la instalación o su representante, con la adecuada acreditación de la representación del interesado, según se establece en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Requisitos
- El titular de la instalación o el interesado que pretenda adquirir la titularidad de la instalación debe tener personalidad física o jurídica propia, quedando excluidas las uniones temporales de empresas y demás sociedades carentes de personalidad jurídica propia (como las sociedades irregulares).
Pago de tasas
Tasa 14.1 Actuaciones administrativas en relación con las actividades industriales, energéticas y mineras. Autoliquidación (modelo 514, Apartado 01, Tarifa 01)
- Autorización de instalaciones eléctricas, sobre la base del valor de la inversión en maquinaria y equipos.
- Regla especial 6ª. Cambios de titularidad, incluidas las tomas de razón de fusión por absorción, de instalaciones energéticas.
Accede aquí para proceder al pago de la tasaPlazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
Autorización administrativa previa: 3 meses. Autorización administrativa de construcción: 3 meses. Autorización de explotación: 1 mes. Autorización de transmisión de titularidad: 3 meses. Autorización de cierre: 3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
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1. Documentación a aportar junto con el formulario F102
Dependiendo del trámite a realizar, la documentación a aportar será la indicada en el formulario F102.
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1. Declaración responsable capacidad económica
Que acreditará la capacidad económica.
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2. Declaración responsable capacidad técnica
Que acreditará la capacidad técnica.
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1. Anexo de configuración de la potencia instalada
De los módulos de generación de electricidad.
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2. Declaración responsable de no vertido
A la red de transporte o distribución
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
La competencia para la emisión de la resolución de autorización administrativa previa y para la autorización administrativa de construcción, corresponde a la Dirección General competente en materia de energía, salvo las instalaciones fotovoltaicas menores o iguales a 1 MW de potencia, que corresponden al SP competente en materia de energía de la provincia correspondiente.
La autorización administrativa de instalaciones de producción e infraestructuras de evacuación pertenecientes a un único promotor serán objeto de solicitud, tramitación y autorización conjunta.
La autorización administrativa de las infraestructuras de evacuación compartidas por varios promotores se tramitará de forma independiente, pero coordinada con las solicitudes de las autorizaciones de autorizaciones de las instalaciones de producción. Será requisito disponer de la autorización de las infraestructuras de evacuación para obtener la autorización administrativa de la instalación de producción.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
Descargar formulario- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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Autorización administrativa previa: 3 meses. Autorización administrativa de construcción: 3 meses. Autorización de explotación: 1 mes. Autorización de transmisión de titularidad: 3 meses. Autorización de cierre: 3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 714 000
Correo electrónico. gestionenergetica@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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Real Decreto 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica
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Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa
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Decreto-ley 2/2016, de 30 de agosto, de medidas urgentes para la ejecución de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, y el impulso de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón
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Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
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Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica
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Ayuda a la tramitación electrónica
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