Subvenciones destinadas a asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario - Convocatoria 2025
N° 10780
A través de este trámite, las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario de Aragón podrán solicitar esta subvención, cuyo objetivo es el desarrollo del asociacionismo entre el estudiantado universitario.
Dirigido a
- Asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario de Aragón
Requisitos
- Estar debidamente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones de Aragón con una antelación de seis meses a la publicación de la orden de la convocatoria.
- Realizar alguna de las actuaciones subvencionables establecidas en la convocatoria.
-
La convocatoria de 2025 establece que las actuaciones subvencionables necesariamente consistirán en:
- La realización de eventos relacionados con las finalidades de esta línea de subvención.
- La organización de actos de reconocimiento a personas por su labor en el ámbito universitario.
- La planificación y ejecución de programas de formación.
- El impulso y la difusión del arte en espacios públicos como forma de expresión cultural.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Memoria explicativa de las actividades a realizar
La memoria contendrá las actuaciones a realizar con desglose del presupuesto estimado, el calendario de ejecución y el resto de la información que se indica en el apartado décimo, punto 1, letra b) de la convocatoria, a fin de evaluar la solicitud conforme a los criterios especificados en el apartado séptimo, punto 2 de la convocatoria.
Detalle de actuaciones
Documentación complementaria a la memoria de actuaciones.
Descargar modelo Detalle de actuaciones
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
En caso de que la solicitud no se presente con certificado de representante de persona jurídica
Acreditación de la representación
Acreditación de que la persona que actúa como representante tiene poder de representación. No será necesario aportar este documento si se presenta la solicitud mediante certificado de representante de persona jurídica.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesObligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Información adicional
Importante: la presentación de esta solicitud es exclusivamente electrónica. Para ello, necesitas disponer de firma electrónica. En el apartado "Información adicional" - "Documentos y enlaces de interés" dispones de una guía con más información.
La solicitud se considerará presentada en el momento en que se obtenga el justificante de registro que se deberá conservar a efectos de acreditar su presentación. No obstante, a los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por las personas interesadas, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente.
Resolución: la resolución con las personas beneficiarias se publicará en el Boletín Oficial de Aragón y en esta misma página web, en el apartado "Anuncios".
Pago: tras la resolución y justificación del gasto, se procederá al pago de la subvención en el número de cuenta indicado en la solicitud.
Recurso de alzada: si no está de acuerdo con la resolución, puede interponer un recurso de alzada ante la Consejera de Empleo, Ciencia y Universidades, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. 976 714 935
- Correo electrónico. asociaciones_estudiantes@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES
Normativa
Orden EMC/1218/2025, de 15 de septiembre, por la que se convocan subvenciones destinadas a las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario para el año 2025.
Orden EMC/1109/2025, de 26 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario
Orden CUS/1115/2022, de 14 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro en el ámbito universitario
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 24/09/2025 al 15/10/2025
En plazo
Iniciar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. La notificación de la resolución se realizará mediante publicación en BOA.
Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo d...
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo Ver másTrámites relacionados
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