Subvenciones en materia de prevención, preparación para la reutilización y reciclado de residuos para una economía circular - 2025 Línea 4. Construcción o mejora de instalaciones de puntos limpios, que requiera obras.
N° 11165
2025. Línea 4. Ayudas destinadas a financiar actuaciones de construcción o mejora de instalaciones para la recogida separada de los distintos flujos de residuos municipales (puntos limpios fijos), con objeto tanto de potenciar la reutilización, el reciclado u otra forma de valorización, como de reducir la cantidad de residuos que se destinan a eliminación. Las actuaciones deberán requerir obras.
Sólo podrán ser objeto de ayuda las actuaciones descritas cuando sean realizadas por entidades locales aragonesas, consorcios de gestión de residuos urbanos en Aragón, o entidades públicas equivalentes establecidas en la planificación autonómica en materia de residuos (Apartado decimoprimero de la convocatoria)
Ayudas incluidas dentro del Programa FEDER 2021-2027
Requisitos
- No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, o incumplan las obligaciones de rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón, de racionalización del gasto o, cuando proceda, de haber presentado planes económico financieros
- Así mismo, no podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades que hayan sido objeto de sanciones administrativas firmes o condenas por sentencia judicial firme por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad, así como por la legislación de igualdad de trato y no discriminación; que hayan sido sancionadas en materia laboral o no cumplan con todos los requisitos exigidos en la legislación ambiental vigente
- La acreditación de las circunstancias exigidas para obtener la condición de entidad beneficiaria se realizará en el momento de la solicitud mediante la presentación de declaración responsable
- No se financiarán las actuaciones que no sean compatibles con los objetivos previstos en la planificación autonómica sobre gestión de residuos
- No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las entidades locales, consorcios o entidades públicas señaladas en el apartado anterior que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, o incumplan las obligaciones de rendición de cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón, de racionalización del gasto o, cuando proceda, de haber presentado planes económico financieros. No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que tengan deudas pendientes de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón siempre que la deuda sea menor a la subvención que se pueda conceder
- Si la entidad solicitante es una entidad supramunicipal que presenta una actuación para dar servicio a varios municipios, deberá ser una entidad constituida. En tal caso, los municipios participantes en la solicitud deberán pertenecer al ámbito territorial propio de la entidad.
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Documentación Solicitud
Memoria Descriptiva de la actuación
Documento donde se incluya la descripción detallada de la actuación solicitada, utilizando el modelo disponible para su descarga. El Anexo III, Línea 4, apartado A, incluye los contenidos mínimos que deberán incluirse en la memoria que acompaña a la solicitud de subvención
Descargar modelo Memoria Descriptiva de la actuaciónDocumento de conformidad
Conformidad de la entidad pública (o entidades públicas, en su caso, en documentos separados) que preste el servicio de eliminación de la fracción resto de residuos domésticos. SOLO en el caso de que la entidad solicitante no sea la misma entidad con la que los municipios participantes en la solicitud hayan acordado la prestación del servicio de eliminación de la fracción resto de residuos domésticos.
Declaración Responsable DNSH
Declaración responsable sobre el compromiso de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, “Do No Significant Harm”)
Descargar modelo Declaración Responsable DNSH
Documentos que, opcionalmente, podrán adjuntarse a la solicitud
Aceptación y compromiso previo
n criterio objetivo de ponderación (véase Anexo II de la convocatoria), para la selección de las actuaciones concurrentes es que conste la aceptación y compromiso de la entidad actuante con las obras para las que se solicita la ayuda, previos a la convocatoria. Para acumular esta puntuación, la entidad solicitante deberá presentar un documento que acredite la actuación proyectada contaba con la aceptación y compromiso de ejecución de la entidad solicitante con anterioridad a la publicación de esta convocatoria (Anexo II. Línea 4- Criterio de valoración a)
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesEstar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Corriente de pago para ayudas y subvenciones
Información adicional
Se consideran gastos subvencionables los establecidos en el apartado tercero de la convocatoria y los expresamente indicados en el Anexo I para cada línea de financiación.
Las actuaciones objeto de financiación podrán haberse iniciado desde el 1 de enero de 2024 y el plazo para su ejecución finalizará el 2 de noviembre de 2027.
El apartado vigesimoprimero de la convocatoria establece el plazo de justificación de la ayuda, que como máximo será de 10 días después de la fecha de ejecución.
El régimen de concesión se establece en el apartado quinto de la convocatoria, ajustándose al procedimiento de concurrencia competitiva.
La subvención deberá ser expresamente aceptada, en los 10 días siguientes a la resolución.
El presupuesto total de la convocatoria corresponde con lo indicado en el apartado sexto (Financiación) de la convocatoria, para la cuantía global, definiéndose en el Anexo I los conceptos financiables por cada línea de actuación, siendo el apartado séptimo el que indica el modo de cálculo del importe de la subvención.
El presupuesto total para la línea 4 es de 2.000.000 €
No se financiarán actuaciones cuya cuantía subvencionable, calculada de acuerdo al apartado séptimo de esta convocatoria, sea inferior a 200.000 euros.
El apartado vigesimosegundo (Pago de la subvención) define la posibilidad y forma de solicitud de anticipos sobre el importe de la subvención.
Se tramita en el Servicio de Planificación Ambiental (Dirección General de Calidad Ambiental)
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. ayudasresiduos@aragon.es
- Página web. Residuos Gobierno de Aragón
- Página web. Ayudas Residuos Aragón
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD AMBIENTAL
Normativa
Orden MAT/1496/2025, de 21 de octubre, por la que se convocan subvenciones, dentro del Programa FEDER Aragón 2021-2027, para el fomento de la preparación para la reutilización y el reciclado de los residuos municipales en Aragón.
Orden 1509/2022, de 18 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de prevención, preparación para la reutilización y reciclado de residuos para una economía circular
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 14/11/2025 al 15/12/2025
En plazo
Iniciar trámite Consultar formas de presentaciónSubsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
Plazo para la notificación de la resolución: El Consejero de Medio Ambiente y Turismo, el órgano concedente, resolverá las solicitudes de subvención en el plazo máximo de tres meses desde la finalizac...
Plazo para la notificación de la resolución: El Consejero de Medio Ambiente y Turismo, el órgano concedente, resolverá las solicitudes de subvención en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
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En plazo hasta el 15/12/2025
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Convocatorias expiradas
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