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Ayudas destinadas a las comunidades aragonesas del exterior - Subvenciones para la mejora de infraestructuras y equipamientos. Modalidad C. Convocatoria 2024

N°10196

A través de este trámite, se puede presentar una solicitud para optar a subvenciones para la mejora de infraestructuras y equipamientos de las Casas y Centros de Aragón en el exterior.

Estas ayudas están dirigidas a Casas y Centros de Aragón, así como a sus Federaciones y Confederaciones.

Plazo de presentación

Del 11/06/2024 al 10/07/2024

En plazo

Iniciar trámite

Dirigido a

  • Casas y Centros de Aragón, así como sus Federaciones y Confederaciones

Requisitos

  • Las Casas y Centros de Aragón, así como sus Federaciones y Confederaciones, deben estar debidamente reconocidas e inscritas en el Registro

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Proyecto

    Descripción y programa de las inversiones en infraestructuras y equipamiento a realizar en el año corriente al de la convocatoria, con indicación del lugar de realización y cronograma previsto para ello. En el caso de obras de mejora de infraestructuras, debe detallarse los fines, fechas de ejecución y coste total de la mejora.

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Presupuesto

    Cuantía solicitada y presupuesto desglosado por conceptos.

  • Plan de financiación

    Plan de financiación de las inversiones en infraestructuras y equipamientos a realizar desglosado en gastos e ingresos. Se especificarán, en todo caso, los ingresos recibidos por cuotas de los socios. Así mismo, se deberá especificar si se han solicitado otras subvenciones y ayudas a otras instituciones para la misma finalidad, indicando si las mismas están pendientes de ser resueltas o han sido concedidas y en qué cuantía.

  • Inversiones anteriores

    Relación pormenorizada de las inversiones en infraestructuras y equipamientos llevadas a cabo durante el año anterior.

  • Junta Directiva

    Certificación de la composición de la Junta directiva actual.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

    Obligaciones tributarias - Ayudas y Subvenciones - AEAT

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

    Corriente de pago para Ayudas y Subvenciones - CCAA

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

    Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social - TGSS

Información adicional

Consulta esta/s página/s para conocer más información sobre el trámite.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 11/06/2024 al 10/07/2024

En plazo

Treinta días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón,

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.

Saber más sobre el silencio administrativo

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