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Ayudas financieras al alquiler para víctimas de violencia de género, desahucio, personas sin hogar y otras personas vulnerables - Convocatoria 2024

N°10234

Concesión de ayudas financieras para el alquiler de vivienda o habitación a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables que, en todos los casos, lleven más de tres meses siguiendo un programa de intervención social.

La ayuda económica será del 100 % de la renta, con un máximo de 600 € mensuales en el caso de vivienda.

Tendrá una duración máxima de 12 meses, entre 1 de enero 2024, o fecha de inicio del contrato, si ésta es posterior, y el 31 de diciembre de 2024, o fecha de finalización del contrato, si es anterior.

El procedimiento de concesión es el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva. El criterio de otorgamiento será el orden de presentación de solicitud.

Plazo de presentación

Del 21/05/2024 al 21/06/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite

Dirigido a

  • Personas víctimas de violencia de género, de trata con fines de explotación sexual o de violencia sexual
  • Personas objeto de desahucio de su vivienda habitual
  • Personas sin hogar
  • Personas especialmente vulnerables

Requisitos

  • Ser mayor de edad.
  • Estar empadronada en un municipio de Aragón, con una antigüedad de al menos 3 meses, salvo en el caso de personas sin hogar.
  • La vivienda tiene que estar ubicada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • No incurrir en cualquiera de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • No disponer de una vivienda en propiedad o usufructo que pueda ocupar.
  • La vivienda constituirá residencia habitual y permanente de la persona beneficiaria durante el periodo que se concede la ayuda.
  • Tener nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico europeo y Suiza, o tener residencia legal en España para el caso de que la persona solicitante sea extranjera no comunitaria. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España.
  • Estar incluida en un programa de intervención social al menos tres meses antes de la publicación de esta convocatoria.
  • Ser titular, en calidad de arrendataria, de un precontrato o reserva de alquiler en vigor, de un alquiler de habitación o de un contrato de arrendamiento de una vivienda ubicada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, formalizado por escrito en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, como persona arrendataria o, en calidad de persona cesionaria, de un contrato de cesión de uso en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón. Dicha vivienda deberá constituir la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria. El titular del contrato deberá ser el solicitante de ayuda y la persona que abona los recibos de la renta.
  • En su caso, acreditar la condición de víctima de violencia de género, víctima de trata con fines de explotación sexual, o víctima de violencia sexual.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Informe individualizado de Servicios Sociales

    Informe individualizado de Servicios Sociales que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria.

  • Contrato de alquiler, precontrato o reserva de alquiler

    La persona interesada debe aportar el contrato de alquiler, precontrato o reserva de alquiler de la vivienda o habitación, para la que se solicita la ayuda, a nombre de la persona solicitante.

  • Justificantes del pago de la renta

    Si existe contrato de arrendamiento en vigor, se presentarán los justificantes del pago de la renta de alquiler de la vivienda de los meses comprendidos entre enero de 2024 hasta la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

  • Documento acreditativo de la representación

    En caso de que la persona interesada actúe por representación, deberá acompañar el documento correspondiente.

    Descargar modelo Documento acreditativo de la representación

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Consulta de Datos de Identidad

  • Certificación de titularidad catastral

  • Consulta de bienes inmuebles

  • Consulta de nivel de renta intermediado

  • Importes de Prestación de Desempleo Percibidos en un Periodo

  • Prestaciones Públicas del RPSP e Incapacidad Temporal, Maternidad y Paternidad

  • Consulta de título de familia numerosa

  • Consulta de datos de discapacidad

  • Consulta de Grado y Nivel de Dependencia

  • Consulta de datos de Residencia con Fecha de Última Variación Padronal

Información adicional

- Las solicitudes de ayudas se tramitarán y resolverán por orden de presentación de las mismas, se tendrá en cuenta como fecha de presentación aquella en que la documentación este completa.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.

Presencial

  1. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  2. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
    Pedir cita previa
  3. Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 21/05/2024 al 21/06/2024

Fuera de plazo

Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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