Diligencia de Bastanteo
En plazo permanente
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Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
-
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Contenidos
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En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
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Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Detalles del trámite
A través de este trámite, las personas interesadas podrán solicitar la emisión de diligencias de bastanteo de documentos justificativos de la personalidad y representación de personas y entidades que contraten o se obliguen con la Diputación General de Aragón y sus organismos públicos.
Dirigido a
- El empresario interesado o el representante legal de una entidad que quiera contratar u obligarse con la Diputación General de Aragón o sus Organismos Públicos
Requisitos
- Ser empresario interesado o representante legal de una entidad que quiera contratar u obligarse, constituir garantías o percibir cobros de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón o sus Organismos Públicos.
- Pagar la tasa 38 por servicios administrativos en la emisión de diligencias de bastanteo de poderes.
Pago de tasas
Este trámite requiere el pago de las siguientes tasas y tarifas:
Tasa 38. Por Servicios Administrativos en la emisión de diligencias de bastanteo de poderes. Tarifa 01. Emisión de diligencias de bastanteo de poderes. (10,00 €)
Puedes justificar el pago de dos formas:
1. Si prefieres pagar directamente en el formulario de solicitud, el pago quedará automáticamente justificado.
2. Si prefieres pagar fuera del formulario de solicitud, tendrás que adjuntar un justificante de cada pago junto a la documentación de tu solicitud.
Para pagar fuera del formulario de solicitud:
Accede aquí para proceder al pago de la tasaPlazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Resolución
3 días
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Copia de la documentación justificativa
En su caso, copia notarial electrónica de escritura pública. Esta documentación debe acreditar que una persona física goza de facultades bastantes para representar a una entidad que contrate o se obligue, constituya garantías o perciba cobros de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus Organismos Públicos.
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2. Acreditación identidad extranjeros sin permiso de residencia en España
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
-
1. Tasas Administrativas
Justificante de haber realizado el pago de la tasa nº 38.
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS JURIDICOS
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
Excepcionalmente, cuando la diligencia se realice de oficio en el seno de un procedimiento de contratación o a petición del Registro Voluntario de Licitadores de Aragón, su eficacia quedará supeditada a la presentación por parte del interesado del justificante de liquidación de la tasa ante el órgano de contratación.
Plazo de Resolución según el artículo 8.3 del Decreto 169/2018 del Gobierno de Aragón.
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
Haz click en el botón anterior para mostrar u ocultar
3 días
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. 976 715 301
Correo electrónico. dgserviciosjuridicos@aragon.es
Teléfono. 976 714 477
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
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Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014
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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
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Decreto 169/2018, de 9 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se organiza la asistencia, defensa y representación jurídica a la Comunidad Autónoma de Aragón
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Orden de 11 de enero de 2011 de la Consejera de Presidencia, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación de la tasa y se dictan algunas instrucciones para su gestión y liquidación
Apartado anterior:
Ayuda a la tramitación electrónica
Tu espacio de información y ayuda para relacionarte electrónicamente con la administración del Gobierno de Aragón.
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