Devolución
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Contenidos
En plazo permanente
-
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará u plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Detalles del trámite
Cualquier persona arrendadora o subarrendadora de viviendas o locales de negocio podrá solicitar la devolución de una fianza depositada por un contrato de arrendamiento en Régimen General.
Dirigido a
- Arrendadores/as y subarrendadores/as de viviendas o locales de negocio
Requisitos
- Tener depositada una fianza de alquiler de una vivienda o local de negocio.
- Que haya finalizado el contrato de arrendamiento o subarrendamiento.
Plazos
Detalles de plazos de presentación y resolución de este trámite.
Presentación
Plazo permanente
Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Unidad de Fianzas de la provincia en la que se localice el inmueble:
- Zaragoza: Paseo Mª Agustín, 36, puerta 5 (imprescindible cita previa).
- Huesca: Plaza Cervantes, 1 (imprescindible cita previa).
- Teruel: San Francisco, 1 (imprescindible cita previa).
Resolución
No procede
Saber más sobre el silencio administrativoDocumentos necesarios
Detalles de documentos para realizar de este trámite.
Presentar en todos los casos
-
1. Documento acreditativo de la rescisión del contrato
Documento firmado por ambas partes declarativo de la finalización del contrato o Declaración Responsable del Arrendador/a de la finalización del contrato u Orden de lanzamiento caso de desahucio.
-
2. Documento acreditativo de la representación
Este es un modelo de representación para aportar cuando el trámite se realice por un tercero.
-
3. Acreditación de la titularidad de la cuenta del arrendador/a o Ficha de terceros
Documento bancario acreditativo de la titularidad de la cuenta del arrendador/a donde se solicita la devolución o en su caso ficha de terceros.
Documentos a aportar si cumples estas condiciones:
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-
1. Acreditación del cambio de titularidad
En caso de fallecimiento del propietario/a o cambio de titularidad del derecho de arrendamiento por cualquier causa: Documento que lo acredite (aceptación herencia, escritura donación, escritura de compraventa o nota simple del Registro de la Propiedad).
Otra documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Consulta de Datos de Identidad
Datos de identidad de la persona física interesada y en su caso de su representante (Dirección General de Policía)
Validación de NIF de un contribuyente
Datos de identificación fiscal (Agencia Estatal de Administración Tributaria).
¿Necesitas ayuda?
Consulta el apartado de Información adicional para obtener más detalles sobre el este trámite y recursos de interés.
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Apartado siguiente:
Información adicional
Información relativa a esta solicitud, enlaces y recursos de interés.
Información sobre la solicitud
El deposito se devolverá en el plazo de 15 días a contar desde la presentación de la solicitud.
Recursos y enlaces de interés
Apartado anterior:
Apartado siguiente:
Fases de la tramitación
Revisa los siguientes pasos para conocer el proceso de solicitud y tramitación.
Antes de la tramitación
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En el apartado de Detalles del trámite encontrarás el listado de requisitos necesarios para poder solicitar este servicio.
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Consulta la documentación a aportar al momento de realizar la solicitud. Existen documentos que es necesario presentar en todos los casos y otros que solamente son requeridos según algunas condiciones.
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Puedes realizar este trámite de manera:
Electrónica - Pasos a seguir
Presencial - Pasos a seguir
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Unidad de Fianzas de la provincia en la que se localice el inmueble:
- Zaragoza: Paseo Mª Agustín, 36, puerta 5 (imprescindible cita previa).
- Huesca: Plaza Cervantes, 1 (imprescindible cita previa).
- Teruel: San Francisco, 1 (imprescindible cita previa).
Durante de la tramitación
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Podrás consultar cuándo hiciste la solicitud, las notificaciones y los documentos asociados.
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En cualquier momento puedes realizar tus aportaciones o alegaciones ante la Administración.
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Si falta información en el trámite que has presentado, el organismo encargado de tu trámite contactará contigo y te pedirá que aportes esa información o mejores tu solicitud en un plazo determinado.
Finalización de la tramitación
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No procede
Saber más sobre el silencio administrativoApartado anterior:
Apartado siguiente:
Preguntas frecuentes
Resuelve las dudas que puedan surgir en los contratos de alquiler, los tipos de fianzas y tu depósito.
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Las personas arrendadoras y subarrendadoras de viviendas y locales de negocio.
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Dos meses a contar desde la firma del contrato.
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Mediante pago con tarjeta o cargo en cuenta si haces la tramitación en línea. Para el cargo en cuenta necesitas iniciar la tramitación en línea con certificado electrónico o con Cl@ve.
Para cargo en cuenta se puede realizar en las siguientes entidades colaboradoras:
- Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA)
- Ibercaja Banco
- Caja Rural de Aragón (Bantierra)
- Caja Rural de Teruel
- Caja Rural de Soria
También se puede realizar el ingreso mediante carta de pago en cualquier oficina de:
- Ibercaja Banco
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Una mensualidad de la renta pactada, en el caso de una vivienda y dos mensualidades, si es un local de negocio.
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- Si se subarrienda parcialmente una vivienda, una mensualidad de la renta.
- Si se subarrienda totalmente un local, hay que depositar dos mensualidades.
- Si el subarriendo es parcial, una mensualidad.
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Se produce cuando la persona arrendataria alquila una parte de la vivienda o local a un tercero.
- En el caso de un subarriendo parcial de vivienda hace falta autorización por escrito de la persona arrendadora.
- En el caso de subarriendo total o parcial de local no hace falta autorización por escrito del arrendador.
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Se puede presentar en línea o en los registros contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (PDF, 566 kb), preferentemente en los correspondientes al Gobierno de Aragón, o de manera presencial mediante cita previa en:
- Zaragoza: Paseo Mª Agustín, número 36, puerta 5. Teléfono: 910 781 442
- Teruel: San Francisco, número 1. Teléfono: 910 781 442
- Huesca: Plaza Cervantes, número 1. Teléfono: 910 781 442
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La presentación podrá realizarse en cualquiera de los registros previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, preferentemente en los correspondientes al Gobierno de Aragón, o de forma presencial mediante cita previa en:
- Zaragoza: Paseo Mª Agustín, número 36, puerta 5. Teléfono: 910 781 442
- Teruel: San Francisco, número 1. Teléfono: 910 781 442
- Huesca: Plaza Cervantes, número 1. Teléfono: 910 781 442
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- Contrato de arrendamiento.
- En su caso, documentación acreditativa de la representación.
- En su caso, autorización de alquiler de vivienda protegida.
- En su caso, autorización de la persona arrendadora si se subarrienda parcialmente una vivienda.
- Referencia catastral del inmueble. En el caso de que el inmueble no disponga de referencia catastral, deberá aportarse un certificado acreditativo de la causa.
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Aportando documentación justificativa de la propiedad del inmueble (escrituras de compraventa o nota simple actualizada del registro de la propiedad).
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Se tiene la obligación de realizar la actualización del importe de la fianza.
Para este trámite deberás presentar una solicitud a través de cualquiera de los registros previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, preferentemente en los correspondientes al Gobierno de Aragón.
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Ya no se sellan los contratos de arrendamiento. Debe recordarse que la obligación del depósito de la fianza corresponde única y exclusivamente a la persona arrendadora, como establece el artículo 8 de la Ley 10/1992 de fianzas de arrendamientos y otros contratos (PDF, 240 KB).
La persona inquilina debe entregar la fianza a la persona arrendadora, pero el depósito de la fianza es responsabilidad única de la persona arrendadora. Por lo que NO se puede exigir el justificante o contrato sellado a una persona inquilina.
En caso de que alguien solicite el contrato sellado o el justificante de ingreso de la fianza, puede enviarle la circular en el Boletín Oficial de Aragón de 29/12/2022 (PDF, 170 KB) o remitirle a la página en la que se explica la eliminación del sello.
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En el caso de que el inmueble se alquile amueblado, el importe de la fianza no varía y será de una mensualidad de la renta pactada en el contrato de arrendamiento de vivienda.
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Deberá realizar una solicitud de devolución de ingresos indebidos, dirigida a la Subdirección de Vivienda de la provincia en la que esté situado el inmueble.
La presentación se realizará por cualquier registro oficial de la Comunidad Autónoma de Aragón o a través del Registro Electrónico General de Aragón.
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No.
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No.
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No.
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Sí. Es una infracción grave que se sanciona de acuerdo con el régimen establecido en la Ley 10/1992, de 4 de noviembre, de fianzas de arrendamientos y otros contratos (PDF, 240 KB)
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La persona arrendadora o subarrendadora, o una persona representante en su nombre.
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- Acuerdo de rescisión o resolución del contrato, documentación acreditativa de su extinción o declaración responsable.
- Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria. Puedes utilizar la ficha de terceros, un certificado de titularidad del banco o un recibo de un pago que indique el nombre de la persona titular y número de cuenta.
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- Documentación justificativa de la constitución de la comunidad de bienes.
- Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria de todos los comuneros.
En el caso de abonar la totalidad de la fianza a uno solo de los comuneros, será necesario autorización de todos ellos.
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No.
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- Documentación justificativa de la propiedad del inmueble (aceptación de herencia).
- Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria de todos los herederos.
En el caso de abonar la totalidad de la fianza a uno solo de los herederos, será necesario autorización de todos ellos
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Apartado siguiente:
Contacto y ayuda
Teléfono. Fianzas 910 781 442
Correo electrónico. Zaragoza. soportefianzasz@aragon.es
Presencial. Zaragoza. Paseo Mª Agustín, 36, puerta 5.(cita previa)
Correo electrónico. Teruel. soportefianzast@aragon.es
Presencial. Teruel. San Francisco, 1.
Correo electrónico. Huesca. soportefianzash@aragon.es
Presencial. Huesca Plaza Cervantes, 1
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
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Normativa
Normativa aplicable a este trámite.
Normativa específica
Normativa general
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Ayuda a la tramitación electrónica
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