Subvenciones en materia de juventud para entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2025
N° 10615
A través de este trámite, se podrá presentar una solicitud para optar a subvenciones en materia de juventud, con el fin de promocionar el asociacionismo juvenil en la Comunidad Autónoma Aragón.
Estas ayudas están dirigidas a entidades sin ánimo de lucro.
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Dirigido a
- Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, así como delegaciones aragonesas de entidades de distinto ámbito territorial de actuación, todas ellas inscritas en el correspondiente Registro Público, que desarrollen alguno de los proyectos dirigidos a la juventud enunciados en la orden de la convocatoria.
Requisitos
- Los beneficiarios deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Administración General del Estado, así como frente a la Seguridad Social.
- No podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades en quienes concurran alguna de las causas de prohibición reguladas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, ni cualesquiera otras previstas en el ordenamiento jurídico vigente.
Documentación
Presentar en todos los casos:
Ficha de terceros del Instituto Aragonés de la Juventud
En caso de no constar en el Instituto Aragonés de la Juventud, o haber sufrido modificaciones.
Descargar modelo Ficha de terceros del Instituto Aragonés de la Juventud
Información adicional
Esta convocatoria está en fase de tramitación
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,
certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. lunes a viernes no festivos de 9:00 a 14:00 horas 976 716 810
- Correo electrónico. informacion.iaj@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE LA JUVENTUD
Normativa
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
Orden CDS/514/2019, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de juventud
Orden ---/2021, de 22 de enero, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, aprobado por Orden de 22 de enero de 2021 (PDF. 337,92 KB)
Orden ---/2021, de 17 de marzo, de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, aprobado por Orden de 22 de enero de 2021 (PDF. 337,92 KB)
Orden BSF/1813/2023, de 29 de noviembre, por la que se convocan subvenciones en materia de juventud para entidades sin ánimo de lucro durante el año 2024 para la promoción del asociacionismo juvenil.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
Convocatorias expiradas
Convocatoria 2024¿Te ha resultado útil esta página?
Tu respuesta nos ayudará a mejorar la web
- Sí
Gracias por tu valoración
Para cualquier consulta, escríbenos a portalpublico@aragon.es
Puedes dejar aquí tu comentario anónimo.
Servicio de información y registro
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.