Subvenciones para la creación y consolidación del empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales - Subvención para la prestación de asistencia técnica
N°10383
A través de este trámite, se puede solicitar una subvención para contratar directores, estudios de viabilidad, informes económicos y auditorías o asesoramiento en las distintas áreas de la gestión empresarial
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Dirigido a
- Las cooperativas de trabajo asociado que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Las sociedades laborales que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos
- Estar legalmente constituidas o calificadas conforme lo previsto en el Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón o en la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas, en función de la forma societaria de que se trate, así como inscritas en el Registro Público competente por razón de la materia.
- Tener el centro de trabajo en el que se genera el empleo subvencionado o al que se destinan las inversiones en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Los servicios de asistencia técnica a la gestión y producción, deberán ser prestados por empresas que acrediten al menos dos años de experiencia en el ejercicio de la actividad de asesoría o consultoría
- Las facturas no podrán tener más de seis meses de antelación a la fecha de solicitud ni ser posteriores a la misma
Documentación
Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:
Para la contratación de director o gerente:
Contrato laboral
Curriculum vitae
De la persona contratada
Consulta de datos
Firmado por la persona directora o gerente
Descargar modelo Consulta de datos
Para los estudios, informes, auditorías o asesoramiento especializado:
Copia del contrato suscrito para la realización del estudio o asesoramiento
Alta en el Impuesto de Actividades Económicas
De la entidad o persona que presta el servicio.
Memoria de actividades o curriculum vitae
De la entidad o persona que lo realice
Facturas
Documentación acreditativa del pago
En caso de apoderamiento:
Documento de apoderamiento
Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm
Si no se tiene ficha de terceros con INAEM
Ficha de terceros con INAEM
Se pude obtener en:
https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.
Ver detallesCorriente de pago para ayudas y subvenciones
Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Verificación de Datos de Identidad
Validación de NIF de un contribuyente
Consulta de subvenciones MINIMIS
Consulta de subvenciones MINIMIS
Información adicional
En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución concesoria hay que aportar;
- Dirección de la página web del proyecto
- Fotografía del cartel
- Documento normalizado de información de la subvención del puesto en el caso de la persona directora o gerente
En el plazo de dos meses desde la finalización del periodo subvencionado para la modalidad de contratación de la persona directora o gerente se deberá aportar:
1º Nóminas de los meses trabajados.
2º Documentos RLC (Relación Nominal de Trabajadores) y RNT (Relación Nominal de Trabajadores) de los meses correspondientes a la subvención concedida.
3º Justificantes del pago de las nóminas y Seguros Sociales.
Documentos y enlaces de interés
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica. - Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas. 901 501 000
- Correo electrónico. inaem@aragon.es
- Página web. Página Web del INAEM
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Normativa
Orden EEI/521/2024, de 17 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de fomento del empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales para la concesión de subvenciones destinadas a la creación y consolidación de empleo y a la mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
Orden EIE/607/2016, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la creación y consolidación del empleo y la mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Plazo pendiente de definir
Por la contratación de la persona directora o gerente: un mes a contar desde la fecha de alta en Seguridad Social. Por la contratación de estudios, informes o asesoramiento: un mes desde que se haya hecho efectivo el último pago elegible dentro del periodo subvencionable.
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Subsanar trámiteAportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Aportar documentaciónResolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativoTrámites relacionados
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