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Subvenciones para la creación y consolidación del empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales - Subvención por incorporación de personas socias trabajadoras

N°230

A través de este trámite, se puede solicitar una subvención para la incorporación con carácter indefinido de personas socias trabajadoras , desempleadas o personas con contrato de trabajo que no tengan aún esta condición en la cooperativa o sociedad laboral en la que están integradas.

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Dirigido a

  • Las cooperativas de trabajo asociado que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Las sociedades laborales que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos

  • Estar legalmente constituidas o calificadas conforme lo previsto en el Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón o en la Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas, en función de la forma societaria de que se trate, así como inscritas en el Registro Público competente por razón de la materia.
  • Tener el centro de trabajo en el que se genera el empleo subvencionado o al que se destinan las inversiones en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Los requisitos de las personas que se incorporan como personas socias trabajadoras son:
    • Desempleadas e inscritas en la oficina de empleo al menos desde el día inmediatamente anterior a la incorporación
    • Estar en alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social con carácter previo a la solicitud
    • La jornada parcial será siempre superior al 50%
    • La contratación supondrá un incremento neto del empleo fijo de la empresa respecto a los seis meses anteriores a la fecha de incorporación
    • No habrá ostentado la condición de persona socia trabajadora en la misma empresa en los dos años anteriores

Documentación

Presentar en todos los casos:

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Si la persona incorporada es desempleada con discapacidad:

  • Informe positivo de adecuación del puesto

    A la discapacidad de las persona trabajadora contratada emitido por el equipo multiprofesional competente

Si el trabajador contratado es pensionista de la Seguridad Social o de clases pasivas

  • Resolución de pensión de incapacidad permanente

  • Informe de adecuación al puesto de trabajo

    O dictamen de aptitud de evaluación de riesgos emitido por los servicios de prevención

Si la persona contratada percibía el ingreso mínimo vital o prestación aragonesa complementaria a dicho ingreso:

  • Certificado emitido por el órgano competente

Si la persona contratada está en situación o riesgo de exclusión:

  • Certificado que acredite la situación

    Emitido por los Servicios Sociales competentes

Si la persona contratada es mujer víctima de violencia de género:

  • Acreditación de la condición de mujer víctima de violencia de género

En caso de apoderamiento:

  • Documento de apoderamiento

    Se puede obtener en: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm

Si no se tiene ficha de terceros con INAEM

  • Ficha de terceros con INAEM

    Se pude obtener en:

    https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

Ver detalles
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Impuesto de Actividades Económicas o certificado de estar exento

  • Consulta de subvenciones MINIMIS

  • Consulta de datos de discapacidad

  • Inscrito Demandante de empleo

  • Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta

  • Validación de NIF de un contribuyente

  • Verificación de Datos de Identidad

  • Consulta de Datos de Identidad

Información adicional

En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución concesoria hay que aportar;

- Dirección de la página web del proyecto

- Fotografía del cartel

- Documento normalizado de información de la subvención del puesto en el caso de los directores o gerentes

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
    Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Plazo pendiente de definir

Un mes contado desde la fecha de alta en Seguridad Social o si son personas trabajadoras vinculadas a la empresa desde la fecha de su incorporación como persona socia trabajadora.

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

3 meses

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo

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